Guía práctica · 1 de septiembre de 2026

Cómo reclamar la indemnización: telegrama, SECLO y juicio

Esta guía no recalcula el Art. 245. Ordena los pasos si el dinero no aparece o si el recibo no cierra, y avisa los plazos que suelen cortar el reclamo.

Por Martín Galmarino · Actualizado 1 de septiembre de 2026

El reloj de dos años

El crédito laboral prescribe, en la regla general de la LCT, a los dos años. El despido no “congela” el tiempo. Esperar a que el empleador se apiade suele ser la forma más cara de perder el 245. Hay actos que interrumpen o suspenden; eso lo mira el abogado, no un artículo web.

Paso 1: intimar por escrito

El telegrama laboral (gratuito para el trabajador en el correo, con DNI) deja constancia de la fecha y del reclamo. Se intima el pago de la liquidación, se impugna una causa si hace falta, se pide el certificado de trabajo. No hace falta pegar el total de esta calculadora; alcanza con reclamar los rubros y “lo que en derecho corresponda”.

No esperes la respuesta perfecta

El silencio o un “no te debo nada” ya habilitan el siguiente paso. No hace falta un debate por WhatsApp de tres meses.

Paso 2: conciliación (CABA y el resto del país)

En la Ciudad de Buenos Aires el paso previo clásico es el SECLO (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria). En provincias hay equivalentes o se va más directo a fuero. Ahí se puede homologar un acuerdo con efecto de cosa juzgada. Un arreglo “en el bar” no tiene ese efecto.

Llevá recibos, telegramas y una estimación (esta web sirve de orden de magnitud). El conciliador no es tu abogado. En CABA el trabajador suele patrocinarse; en otras jurisdicciones las reglas cambian.

Paso 3: demanda

Si no hay acuerdo, se demanda. Los tiempos se miden en años, no en semanas. Hay intereses y actualización según el criterio del fuero (otro campo minado después de las reformas de 2024–2026). Nadie debería firmar un desistimiento total a cambio de un 20% del 245 sin entender qué está dejando.

Para armar el número de negociación, volvé a la calculadora y a la liquidación final.

Preguntas de esta guía

¿Necesito abogado para el telegrama?
No es obligatorio. Para el SECLO y el juicio, sí o casi sí. Un telegrama mal redactado (admitir una causa, firmar un saldo) duele más que no mandarlo.
¿Puedo grabar la reunión con RR.HH.?
La prueba ilícita se discute. Lo seguro es no firmar bajo presión y documentar por escrito después.
¿El Ministerio reemplaza al juez?
La inspección y la conciliación administrativa no son una sentencia. Útiles, no definitivas.

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Aviso legal: Este contenido es informativo y orientativo. No es asesoramiento jurídico ni reemplaza a un abogado laboralista. Los cálculos son estimaciones según la LCT y las opciones que elijas en la herramienta. Última actualización: 1 de septiembre de 2026.